Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Conforme al artículo 16.1 de la Ley 12/2007, en los libros de texto y materiales curriculares la Administración educativa andaluza garantizará:

  1. AQue se incluya un número equivalente de referencias a autoras y autores en cada unidad didáctica de todas las áreas del currículo.
  2. BQue se sometan a autorización previa del Instituto Andaluz de la Mujer antes de su adopción por los centros docentes públicos.
  3. Que se eliminen los prejuicios culturales y los estereotipos sexistas o discriminatorios, valorando los que mejor respondan a la coeducación.Respuesta correcta
  4. DQue se sustituyan cada cuatro años para adaptarlos a los objetivos del Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Explicación

El artículo 16.1 obliga a garantizar que en los libros de texto y materiales curriculares «se eliminen los prejuicios culturales y los estereotipos sexistas o discriminatorios», incidiendo en la erradicación de modelos de desigualdad y violencia de género y «valorando los que mejor respondan a la coeducación». La ley no impone cuotas de referencias, autorización previa del Instituto Andaluz de la Mujer ni renovaciones cuatrienales.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 16.1.

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