Además de las prestaciones generales por muerte, ¿qué se reconoce cuando el fallecimiento deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional (artículo 216.2 de la LGSS)?

  1. AUn incremento del 20 por ciento en todas las pensiones.
  2. BUn subsidio mensual de dos años para los hermanos.
  3. CUna pensión vitalicia para los nietos del causante.
  4. Una indemnización a tanto alzado.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 216.2 dispone que en caso de muerte causada por accidente de trabajo o enfermedad profesional «se reconocerá, además, una indemnización a tanto alzado».

Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 216.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título II - Régimen General de la Seguridad Social / Capítulo XIV - Muerte y supervivencia». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 216 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 1 de 10 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Una indemnización a tanto alzado.».

Materia
Seguridad Social
Artículo o apartado
Artículo 216 - Prestaciones
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 1 de 10
Última revisión

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