Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: MediaTemario
¿A quiénes asisten las Administraciones Públicas en el uso de medios electrónicos, según el artículo 12.2?
- AA todos los interesados, incluidos los obligados a relacionarse electrónicamente.
- BSolo a las personas físicas no obligadas que carezcan de certificado electrónico.
- A los interesados no incluidos en los apartados 2 y 3 del artículo 14 que así lo soliciten.Respuesta correcta
- DA las personas jurídicas cuando se relacionen por medios no electrónicos.
Explicación
El artículo 12.2 limita la asistencia a «los interesados no incluidos en los apartados 2 y 3 del artículo 14 que así lo soliciten», es decir, a quienes no están obligados a relacionarse electrónicamente. Los sujetos del artículo 14.2 y 14.3 quedan fuera de esa asistencia, y las personas jurídicas sí están obligadas a relacionarse electrónicamente.
Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 12.2.
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