Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

¿A quién faculta la disposición final primera del Decreto 437/2008 para dictar las disposiciones necesarias para su desarrollo?

  1. AAl Consejo de Gobierno, a propuesta de la Comisión.
  2. BA la persona titular del Instituto Andaluz de la Mujer.
  3. CA la propia Comisión, mediante su reglamento interno.
  4. A la Consejera para la Igualdad y Bienestar Social.Respuesta correcta

Explicación

La disposición final primera faculta «a la Consejera para la Igualdad y Bienestar Social para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de lo establecido en el presente Decreto». La Comisión se rige por sus propias normas de organización y funcionamiento (artículo 5.2), pero el Decreto no le atribuye la habilitación para desarrollarlo.

Referencia: Decreto 437/2008, de 2 de septiembre, disposición final primera.

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas de este tema