¿A quién corresponde formalizar en nombre de la Administración de la Junta la adquisición de acciones y participaciones, según el artículo 149.5?
- A la persona titular de la Dirección General de Patrimonio o persona en quien delegue.Respuesta correcta
- BA la persona titular de la Consejería competente en patrimonio, sin posibilidad de delegar.
- CA la persona titular de la Presidencia de la Junta o miembro del Consejo de Gobierno.
- DAl letrado del Gabinete Jurídico designado por la Consejería de adscripción.
Explicación
El artículo 149.5 dispone que la formalización «corresponde a la persona titular de la Dirección General de Patrimonio o persona en quien delegue»; en las agencias, a sus órganos estatutariamente competentes.
Referencia: Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, art. 149.5.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía», dentro del tema «Título VII - Patrimonio empresarial de la Comunidad Autónoma de Andalucía / Capítulo III - Operaciones societarias». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 149 de Ley 7/2025. Es la pregunta 4 de 13 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción A: «A la persona titular de la Dirección General de Patrimonio o persona en quien delegue.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Artículo o apartado
- Artículo 149 - Competencia
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 4 de 13
- Última revisión
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