Si la notificación de una liquidación practicada por la Administración se realiza el día 10 de un mes, ¿hasta qué día puede pagarse en periodo voluntario según el artículo 22.2.c)?

  1. AHasta el día 5 del segundo mes posterior o, si no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
  2. BHasta el día 20 del mismo mes o, si no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
  3. Hasta el día 20 del mes posterior o, si no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.Respuesta correcta
  4. DHasta el día 5 del mes posterior o, si no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Explicación

El artículo 22.2.c).1.º dispone que, si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, el pago en periodo voluntario puede hacerse «hasta el día 20 del mes posterior». Si se notifica entre el 16 y el último día, el plazo llega hasta el día 5 del segundo mes posterior. Los plazos del día 20 del mismo mes y del día 5 del mes siguiente son los del pago tras la providencia de apremio (art. 22.2.f).

Referencia: Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, art. 22.2.c.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Título I - Del régimen de la Hacienda de la Junta de Andalucía / Capítulo I - Recursos de la Hacienda Pública». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 22 de Decreto Legislativo 1/2010. Es la pregunta 23 de 40 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Hasta el día 20 del mes posterior o, si no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 22 - Recaudación de los ingresos de Derecho Público
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 23 de 40
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