Si la asesoría jurídica considera imposible promover la convalidación, ¿sobre qué debe pronunciarse según el artículo 36.7?
- Sobre la posibilidad de resarcimiento al particular por la prestación efectuada.Respuesta correcta
- BSobre la responsabilidad disciplinaria del personal que omitió la fiscalización.
- CSobre la remisión de las actuaciones al Ministerio Fiscal.
- DSobre la nulidad del contrato y la devolución de lo pagado.
Explicación
El artículo 36.7 dispone que la asesoría jurídica deberá pronunciarse «acerca de la posibilidad de resarcimiento al particular por la prestación efectuada, por la vía que considere procedente, o si, por el contrario, no procede resarcimiento alguno».
Referencia: Decreto 92/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía, art. 36.7 del Reglamento.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Capítulo III - El control previo». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 36 de Decreto 92/2022. Es la pregunta 37 de 56 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Sobre la posibilidad de resarcimiento al particular por la prestación efectuada.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Hacienda / Financiero
- Artículo o apartado
- Artículo 36 - La omisión de fiscalización y convalidación del gasto
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 37 de 56
- Última revisión
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