Según la Ley 1/2014, las resoluciones sobre derecho de acceso dictadas por las instituciones del artículo 3.1.b) y 3.2:

  1. ASerán recurribles en alzada ante el Consejo de Gobierno de la Junta.
  2. Sólo serán recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa.Respuesta correcta
  3. CSerán recurribles ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos.
  4. DSerán recurribles en reposición y, después, ante el Defensor del Pueblo.

Explicación

El artículo 33.2 dispone que las resoluciones sobre derecho de acceso de las instituciones y entidades del artículo 3.1.b) y 3.2 (entre ellas el Parlamento, el Defensor del Pueblo Andaluz y la Cámara de Cuentas) sólo serán recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Referencia: Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, art. 33.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Transparencia», dentro del tema «Título III - El derecho de acceso a la información pública». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 33 de Ley 1/2014. Es la pregunta 21 de 26 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción B: «Sólo serán recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa.».

Artículo o apartado
Artículo 33 - Resoluciones solo recurribles en vía judicial
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 21 de 26
Última revisión

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