Según la disposición adicional trigésima octava de la Ley 5/2023, las propuestas de desarrollo reglamentario en materias negociables deben remitirse con carácter previo a:

  1. AEl Consejo Consultivo de Andalucía para su dictamen preceptivo.
  2. BLa Comisión de Coordinación del Empleo Público de Andalucía.
  3. CEl Parlamento de Andalucía para su conocimiento y debate.
  4. La Mesa General de Negociación y, en su caso, a las Mesas Sectoriales.Respuesta correcta

Explicación

La DA 38.ª obliga a remitir «a la Mesa General de Negociación y, en su caso, a las Mesas Sectoriales, con carácter previo, las propuestas de desarrollo reglamentario».

Referencia: Ley 5/2023 de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, disposición adicional trigésima octava.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Disposiciones adicionales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en la normativa: Ley 5/2023. Es la pregunta 64 de 119 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción D: «La Mesa General de Negociación y, en su caso, a las Mesas Sectoriales.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Disposición adicional trigésima octava - Negociación colectiva del desarrollo reglamentario
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 64 de 119
Última revisión

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