AdministraciónDificultad: MediaTemario

Según el artículo 96.2 de la Ley 9/2007, las actas de las sesiones de los órganos colegiados se aprobarán:

  1. ATras el visto bueno de la persona titular de la Consejería de adscripción del órgano colegiado correspondiente.
  2. BEn el plazo máximo de un mes desde la celebración de la sesión, por la persona titular de la secretaría del órgano.
  3. CSolo en la sesión inmediatamente siguiente, sin posibilidad de aprobación en la misma sesión del órgano.
  4. En la misma o en la siguiente sesión.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 96.2 permite aprobar el acta en la misma sesión o en la siguiente. Las certificaciones de acuerdos emitidas antes de la aprobación del acta harán constar expresamente esa circunstancia.

Referencia: Artículo 96 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

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