AdministraciónDificultad: MediaTemario

Según el artículo 82.4 de la Ley 9/2007, el funcionamiento del Registro Electrónico Único:

  1. ASe regulará por orden de la persona titular de cada Consejería en su ámbito sectorial de competencias.
  2. Se regulará reglamentariamente.Respuesta correcta
  3. CSe fijará por resolución de la Intervención General de la Junta de Andalucía en materia de control.
  4. DSe establecerá en los estatutos de cada agencia administrativa que quede adscrita al referido registro.

Explicación

El artículo 82.4 remite a desarrollo reglamentario el funcionamiento del Registro Electrónico Único.

Referencia: Artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

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