AdministraciónDificultad: MediaTemario
Según el artículo 80.2.a) de la Ley 9/2007, la Administración de la Junta de Andalucía está obligada a informar de manera actualizada sobre la organización propia y los principales servicios y prestaciones públicos, así como a facilitar la identificación y localización de órganos y unidades, especialmente a través de:
- ACirculares internas dirigidas al personal al servicio de la Administración, sin difusión a la ciudadanía.
- BEdictos fijados en el tablón de anuncios de cada Delegación Provincial durante quince días hábiles.
- Páginas web claras, completas, accesibles y actualizadas.Respuesta correcta
- DPublicaciones impresas anuales de cada Consejería, con exclusión de medios electrónicos de difusión.
Explicación
El artículo 80.2.a) exige información actualizada sobre organización y servicios, y localización de órganos y unidades, especialmente mediante páginas web claras, completas, accesibles y actualizadas.
Referencia: Artículo 80 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Practica esta y miles de preguntas
Crea tu cuenta gratis para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.
Crear cuenta gratisMás preguntas de este tema
- Según el artículo 79 de la Ley 9/2007, para hacer efectivos los principios de publicidad y transparencia se reconoce:
- De acuerdo con el artículo 80.1 de la Ley 9/2007, toda la ciudadanía tiene derecho a ser informada:
- Conforme al artículo 80.2 de la Ley 9/2007, y sin perjuicio de la Ley de Transparencia Pública de Andalucía, la Administración de la Junta está obligada, entre otras, a:
- Según el artículo 80.3 de la Ley 9/2007, la Administración de la Junta de Andalucía informará a las comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía:
- De acuerdo con el artículo 81 de la Ley 9/2007, las peticiones que expresen sugerencias relativas al funcionamiento de los servicios públicos, en defecto de procedimiento específico:
- Según el artículo 82.1 de la Ley 9/2007 (redacción vigente), el Registro Electrónico Único lo será para la Administración de la Junta de Andalucía, sus agencias administrativas y, cuando ejerzan potestades administrativas:
- Conforme al artículo 82.2 de la Ley 9/2007, el Registro Electrónico Único será accesible:
- De acuerdo con el artículo 82.3 de la Ley 9/2007, el Registro Electrónico Único será interoperable con los registros del resto de Administraciones Públicas: