Según el artículo 56.1.c) del TREBEP, una edad máxima de acceso distinta de la de jubilación forzosa solo podrá establecerse:

  1. APor real decreto.
  2. BPor las bases de la convocatoria.
  3. CPor acuerdo de la Mesa General.
  4. Por ley.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 56.1.c) dispone que «sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público».

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 56.1.

¿Crees que la respuesta correcta es otra?

Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.

¿Te ha sido útil?

Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título IV - Adquisición y pérdida de la relación de servicio / Capítulo I - Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 56 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 11 de 48 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Por ley.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 56 - Requisitos generales
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 11 de 48
Última revisión

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas sobre el artículo 56

Más preguntas de este tema