Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 44.4 de la Ley 6/2006, ningún reglamento podrá:

  1. ASer dictado por el Consejo de Gobierno sin habilitación de una Consejería.
  2. BAfectar a la organización interna de las Consejerías de la Junta.
  3. CPublicarse en el BOJA antes de su aprobación por el Parlamento.
  4. Vulnerar la Constitución, el Estatuto o las leyes, ni regular materias reservadas a la ley.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 44.4 prohíbe vulnerar normas superiores y regular materias reservadas a la ley.

Referencia: Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, artículo 44.

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