Según el artículo 43.1.e) del TREBEP, los funcionarios de la unidad electoral pueden promover elecciones:

  1. APor acuerdo de dos tercios.
  2. Por acuerdo mayoritario.Respuesta correcta
  3. CPor unanimidad.
  4. DMediante solicitud de cualquiera de ellos.

Explicación

El artículo 43.1.e) incluye entre los promotores a «los funcionarios de la unidad electoral, por acuerdo mayoritario».

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 43.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título III - Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos / Capítulo IV - Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 43 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 88 de 100 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Por acuerdo mayoritario.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 43 - Promoción de elecciones a Delegados y Juntas de Personal
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 88 de 100
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