Los legitimados para promover elecciones tienen derecho, según el artículo 43.2 del TREBEP, a que la Administración les suministre:
- ALos locales y medios materiales para la campaña electoral.
- El censo de personal de las unidades electorales afectadas.Respuesta correcta
- CLa relación de afiliados de cada sindicato en la unidad.
- DLos expedientes personales de los funcionarios electores.
Explicación
El artículo 43.2 reconoce el derecho a que la Administración «les suministre el censo de personal de las unidades electorales afectadas, distribuido por organismos o centros de trabajo».
Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 43.2.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título III - Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos / Capítulo IV - Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 43 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 89 de 100 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción B: «El censo de personal de las unidades electorales afectadas.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Artículo 43 - Promoción de elecciones a Delegados y Juntas de Personal
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 89 de 100
- Última revisión
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