Según el artículo 4.3 de la LGSS, la ordenación de la Seguridad Social en ningún caso podrá servir de fundamento a:

  1. AConciertos con entidades privadas.
  2. BMejoras voluntarias de prestaciones.
  3. Operaciones de lucro mercantil.Respuesta correcta
  4. DConvenios con otras Administraciones.

Explicación

El artículo 4.3 establece que «en ningún caso, la ordenación de la Seguridad Social podrá servir de fundamento a operaciones de lucro mercantil».

Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 4.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título I - Normas generales del sistema de la Seguridad Social / Capítulo I - Normas preliminares». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 4 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 6 de 9 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Operaciones de lucro mercantil.».

Materia
Seguridad Social
Artículo o apartado
Artículo 4 - Delimitación de funciones
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 6 de 9
Última revisión

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