Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 41.1.c) de la Ley 13/2007, los municipios derivarán a los servicios especializados:

  1. AÚnicamente los casos en que la víctima tenga hijos o hijas menores de edad a su cargo.
  2. BTodos los casos de violencia de género, sin realizar ninguna atención en el ámbito municipal.
  3. Todos los casos de violencia de género que conozcan y que no puedan ser atendidos por la entidad local.Respuesta correcta
  4. DÚnicamente los casos que hayan sido previamente denunciados ante el juzgado de guardia.

Explicación

El artículo 41.1.c) atribuye a los municipios «derivar a los servicios especializados todos los casos de violencia de género de los que tenga conocimiento y no puedan ser atendidos por la entidad local».

Referencia: Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, art. 41.1.c).

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