Según el artículo 302.1 del TFUE, ¿por cuánto tiempo son nombrados los miembros del Comité Económico y Social?

  1. ACuatro años, con mandato renovable.
  2. Cinco años, con mandato renovable.Respuesta correcta
  3. CSeis años, con mandato no renovable.
  4. DDos años y medio, con mandato renovable.

Explicación

El artículo 302.1 TFUE dispone que «los miembros del Comité serán nombrados para un período de cinco años» y que «el mandato de los miembros del Comité será renovable».

Referencia: Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (versión consolidada, DOUE C 202 de 7.6.2016), art. 302.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Unión Europea», dentro del tema «Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea - SEXTA PARTE - TÍTULO I - Disposiciones institucionales / CAPÍTULO 3 - Órganos consultivos de la Unión / Sección primera - El Comité Económico y Social». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (versión consolidada, DOUE C 202 de 7.6.2016), art. 302.1. Es la pregunta 5 de 6 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Cinco años, con mandato renovable.».

Materia
Unión Europea
Artículo o apartado
TFUE - Artículo 302 - Comité Económico y Social
Normativa
Normativa Unión Europea
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 5 de 6
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