Según el artículo 24.2.a) de la Orden de 19 de febrero de 2015, ¿en qué supuesto pueden expedirse documentos de pago sujetos a justificación posterior?

  1. Cuando los justificantes no puedan disponerse hasta materializado el pago, por desconocerse el importe exacto u otra causa.Respuesta correcta
  2. BCuando el gasto esté exento de fiscalización previa y se produzcan en unidad de acto todas sus fases.
  3. CCuando el pago corresponda a la nómina general elaborada y aprobada en el Sistema SIRhUS.
  4. DCuando el acreedor no esté dado de alta como tal en el Sistema GIRO al tiempo de la propuesta.

Explicación

El artículo 24.2.a) admite estos documentos «cuando hayan de realizarse al acreedor pagos cuyos justificantes no pueden disponerse hasta que no se hayan materializado, por desconocerse el importe exacto u otra causa que imposibilite la definitiva justificación». Los gastos exentos dan lugar a «ADO» (art. 15.5.b), los pagos de nómina son en firme de justificación previa (art. 28.1) y el acreedor debe estar dado de alta previamente (art. 19.1.g).

Referencia: Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, art. 24.2.a.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Capítulo IV - Documentos de obligaciones sujetas a justificación posterior y justificación de libramientos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, art. 24.2.a. Es la pregunta 2 de 21 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Cuando los justificantes no puedan disponerse hasta materializado el pago, por desconocerse el importe exacto u otra causa.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 24 - Propuestas y documentos contables de obligaciones sujetas a justificación posterior
Normativa
Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 2 de 21
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