Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 21 bis.5 de la Ley 12/2007, los planes de igualdad de los organismos públicos de investigación del Sistema Andaluz del Conocimiento deberán incluir:

  1. AUna reserva del cuarenta por ciento de las plazas de personal investigador para mujeres en las áreas en que estén infrarrepresentadas.
  2. BSanciones para los centros de investigación que no alcancen la representación equilibrada en sus órganos de dirección.
  3. CLa obligación de que cada proyecto cuente con una investigadora principal o co-investigadora principal en su equipo.
  4. Medidas incentivadoras para los centros de investigación que avancen en la incorporación de indicadores y análisis de género.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 21 bis.5 dispone que esos organismos adoptarán planes de igualdad «que deberán incluir medidas incentivadoras para aquellos centros de investigación de su ámbito de competencias que avancen en la incorporación de indicadores y análisis de género», con posible asesoramiento del Instituto Andaluz de la Mujer. El precepto no prevé reservas de plazas, sanciones ni requisitos sobre la dirección de los proyectos.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 21 bis.5.

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