Ley de Régimen Jurídico del Sector PúblicoDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 20.1 de la Ley 40/2015, son órganos colegiados aquellos que se creen formalmente y estén integrados por:

  1. ADos o más personas, con funciones de asesoramiento y sin capacidad de adoptar decisiones.
  2. Tres o más personas, con funciones de decisión, propuesta, asesoramiento, seguimiento o control.Respuesta correcta
  3. CCinco o más personas, a las que se atribuyan funciones de decisión y de control.
  4. DTres o más funcionarios de la AGE, sin representantes de otras Administraciones Públicas.

Explicación

El artículo 20.1 exige creación formal, tres o más personas, funciones administrativas de decisión, propuesta, asesoramiento, seguimiento o control, e integración en la AGE o en alguno de sus Organismos públicos. El número mínimo no es dos ni cinco, y el artículo 21.2 admite representantes de otras Administraciones Públicas.

Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, artículo 20.1.

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas de este tema