Reglamento del Parlamento de AndalucíaDificultad: AvanzadaTemario
Según el artículo 155.4 del Reglamento, durante un período de sesiones no podrán sustanciarse más de:
- Ocho interpelaciones de urgencia, con al menos una por Grupo parlamentario.Respuesta correcta
- BCuatro interpelaciones de urgencia, sin garantía mínima por Grupo.
- CDoce interpelaciones de urgencia, asignadas al Grupo mayoritario.
- DDiez interpelaciones de urgencia, a petición exclusiva del Consejo de Gobierno.
Explicación
El artículo 155.4 limita a ocho las interpelaciones de urgencia por período, asignadas proporcionalmente y garantizando al menos una por Grupo.
Referencia: Reglamento del Parlamento de Andalucía, art. 155
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- Según el artículo 154 del Reglamento, podrán formular interpelaciones al Consejo de Gobierno:
- Conforme al artículo 155.2 del Reglamento, las interpelaciones habrán de versar sobre:
- Según el artículo 155.3 del Reglamento, en cada sesión plenaria se tramitarán, como máximo:
- De acuerdo con el artículo 156 del Reglamento, la interpelación se sustanciará ante el Pleno con:
- Según el artículo 157.1 del Reglamento, toda interpelación podrá dar lugar a:
- Conforme al artículo 158 del Reglamento, los Diputados podrán formular preguntas a:
- Según el artículo 160 del Reglamento, en defecto de indicación se entenderá que quien formula la pregunta solicita:
- Según el artículo 161.2.1.º del Reglamento, en cada sesión plenaria podrá tramitarse, como máximo, el siguiente número de preguntas orales: