Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 15.3.i) de la Ley 12/2007, la persona responsable de coeducación informará y asesorará a madres y padres con el fin de que:

  1. AParticipen en la elaboración del plan de igualdad del centro como miembros del consejo escolar del centro.
  2. BComuniquen a la dirección del centro los indicios de violencia de género que detecten en el ámbito familiar.
  3. Apoyen al alumnado para unas elecciones académicas y profesionales libres de condicionantes de género.Respuesta correcta
  4. DCompartan con sus hijos e hijas las responsabilidades domésticas, familiares y de cuidado en el hogar.

Explicación

La letra i) del artículo 15.3 se refiere a «informar y asesorar a madres y padres a fin de que apoyen al alumnado para unas elecciones académicas y profesionales libres de condicionantes de género». El deber de comunicar indicios de violencia recae sobre el profesorado (artículo 15.8) y la adquisición de habilidades para compartir responsabilidades domésticas es una actuación dirigida al alumnado en la letra f).

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 15.3.i).

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