Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: MediaTemario

Según el artículo 14.3, la obligación de relacionarse electrónicamente para determinados procedimientos y colectivos de personas físicas podrá establecerse:

  1. Reglamentariamente, cuando quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos.Respuesta correcta
  2. BPor resolución del órgano instructor, cuando lo considere conveniente para agilizar el procedimiento.
  3. CÚnicamente por ley, cualquiera que sea la capacidad técnica o económica del colectivo afectado.
  4. DPor acuerdo del órgano competente, siempre que el colectivo lo haya solicitado previamente.

Explicación

El artículo 14.3 permite que «reglamentariamente» se imponga la obligación a ciertos colectivos de personas físicas que, por capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos, tienen acreditado acceso y disponibilidad de medios electrónicos. No basta una resolución del instructor ni un acuerdo a petición del colectivo, y no se exige norma con rango de ley.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 14.3.

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