Ley de Régimen Jurídico del Sector PúblicoDificultad: MediaTemario
Según el artículo 14.3 de la Ley 40/2015, los conflictos de atribuciones solo podrán suscitarse entre órganos:
- ADe Administraciones distintas, aunque el procedimiento haya finalizado con resolución firme.
- BRelacionados jerárquicamente entre sí, en cualquier momento del procedimiento o después de él.
- De una misma Administración no relacionados jerárquicamente, sobre asuntos con procedimiento no finalizado.Respuesta correcta
- DDe una misma Administración no relacionados jerárquicamente, aunque el procedimiento haya finalizado.
Explicación
El artículo 14.3 limita los conflictos de atribuciones a órganos de la misma Administración no relacionados jerárquicamente, y a asuntos cuyo procedimiento no haya finalizado. No entre Administraciones distintas ni entre órganos jerárquicamente relacionados.
Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, artículo 14.3.
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