Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: AvanzadaTemario
Según el artículo 12.2 de la Ley 6/2006, la incapacidad permanente física o mental de la Presidencia debe ser apreciada:
- Por el Consejo de Gobierno, excluida la Presidencia, por unanimidad, y propuesta al Parlamento para su declaración por mayoría absoluta.Respuesta correcta
- BPor el Parlamento de Andalucía en primera instancia, por mayoría simple de los miembros presentes.
- CPor el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de oficio o a instancia del Consejo de Gobierno.
- DPor la Comisión General de Viceconsejeros, por mayoría de dos tercios de los miembros presentes.
Explicación
El artículo 12.2 exige apreciación unánime del Consejo de Gobierno (excluida la Presidencia) y propuesta al Parlamento, que debe declararla por mayoría absoluta. No inicia el Parlamento solo, ni el TSJA de oficio, ni la CGV.
Referencia: Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, artículo 12.
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