Según el artículo 10.2 del Reglamento, en el caso de las entidades locales el acto de creación o supresión de una sede electrónica se publicará en:
- AEl boletín oficial de la comunidad autónoma a la que pertenezca.
- BEl «Boletín Oficial del Estado» y en la sede electrónica del PAGe.
- El boletín oficial de la provincia a la que pertenezca la entidad.Respuesta correcta
- DEl tablón de edictos electrónico de la propia entidad local.
Explicación
El artículo 10.2 ordena publicar el acto en el boletín oficial que corresponda según la Administración titular y en el directorio del Punto de Acceso General electrónico, y añade: «En el caso de las entidades locales, el boletín oficial será el de la provincia al que pertenezca la entidad». No se menciona el boletín autonómico ni el BOE para las entidades locales, y el tablón de edictos no es el medio previsto.
Referencia: Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, art. 10.2.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Administración Electrónica», dentro del tema «Título I - Portales de internet, Punto de Acceso General electrónico y sedes electrónicas». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 10 de Real Decreto 203/2021. Es la pregunta 4 de 25 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «El boletín oficial de la provincia a la que pertenezca la entidad.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Administración Electrónica
- Artículo o apartado
- Artículo 10 - Creación y supresión de las sedes electrónicas y sedes electrónicas asociadas
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 4 de 25
- Última revisión
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