Resuelto el contrato por demora injustificada en la comprobación del replanteo, ¿qué indemnización corresponde al contratista según el artículo 246.2 de la Ley 9/2017?
- AEl 3 por cien del precio de la adjudicación, IVA excluido.
- BEl 6 por cien de las obras dejadas de realizar.
- El 2 por cien del precio de la adjudicación, IVA excluido.Respuesta correcta
- DEl 5 por cien del presupuesto base, IVA incluido.
Explicación
El artículo 246.2 dispone que, si la demora injustificada en la comprobación del replanteo da lugar a la resolución, el contratista solo tendrá derecho a una indemnización equivalente al 2 por cien del precio de la adjudicación, IVA excluido.
Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 246.2.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO SEGUNDO - De los contratos de las Administraciones Públicas / TÍTULO II - De los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas / CAPÍTULO I - Del contrato de obras / Sección 5.ª Resolución del contrato de obras». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 246 de Ley 9/2017. Es la pregunta 2 de 3 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «El 2 por cien del precio de la adjudicación, IVA excluido.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Contratos
- Artículo o apartado
- Artículo 246 - Efectos de la resolución
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 2 de 3
- Última revisión
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