Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario

¿Quién puede concurrir a las convocatorias de provisión de los puestos de letrado del Consejo Consultivo?

  1. Los letrados de la Junta y los juristas funcionarios de carrera sometidos a una relación de derecho público.Respuesta correcta
  2. BLos abogados en ejercicio con más de quince años de experiencia profesional acreditada.
  3. CEl personal funcionario del cuerpo de letrados de la Junta, con exclusión de otros juristas.
  4. DLos licenciados en Derecho que superen una oposición libre convocada por el propio Consejo.

Explicación

El artículo 33 permite concurrir al «personal funcionario del cuerpo de letradas o letrados de la Junta de Andalucía, así como juristas funcionarias o funcionarios de carrera que ejerzan su actividad sometidos a una relación de derecho público». Los quince años de experiencia son requisito de la Presidencia y de los electivos (arts. 6.1 y 8.1), el acceso no se limita al cuerpo de letrados de la Junta y la ley no prevé una oposición libre.

Referencia: Ley 2/2024, de 19 de julio, del Consejo Consultivo de Andalucía, art. 33.

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