¿Qué reducción temporal de la jornada diaria ordinaria determina el desempleo parcial, según el artículo 262.3 de la LGSS?

  1. AEntre un mínimo de un 25 y un máximo de un 75 por ciento.
  2. BEntre un mínimo de un 20 y un máximo de un 50 por ciento.
  3. CEntre un mínimo de un 33 y un máximo de un 80 por ciento.
  4. Entre un mínimo de un 10 y un máximo de un 70 por ciento.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 262.3 define el desempleo parcial como la reducción temporal de la jornada diaria ordinaria entre un mínimo de un 10 y un máximo de un 70 por ciento, siempre que el salario sea objeto de análoga reducción.

Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 262.3.

¿Crees que la respuesta correcta es otra?

Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.

¿Te ha sido útil?

Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título III - Protección por desempleo / Capítulo I - Normas generales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 262 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 1 de 3 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Entre un mínimo de un 10 y un máximo de un 70 por ciento.».

Materia
Seguridad Social
Artículo o apartado
Artículo 262 - Objeto de la protección
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 1 de 3
Última revisión

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas de este tema