¿Qué reducción temporal de la jornada diaria ordinaria determina el desempleo parcial, según el artículo 262.3 de la LGSS?
- AEntre un mínimo de un 25 y un máximo de un 75 por ciento.
- BEntre un mínimo de un 20 y un máximo de un 50 por ciento.
- CEntre un mínimo de un 33 y un máximo de un 80 por ciento.
- Entre un mínimo de un 10 y un máximo de un 70 por ciento.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 262.3 define el desempleo parcial como la reducción temporal de la jornada diaria ordinaria entre un mínimo de un 10 y un máximo de un 70 por ciento, siempre que el salario sea objeto de análoga reducción.
Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 262.3.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título III - Protección por desempleo / Capítulo I - Normas generales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 262 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 1 de 3 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Entre un mínimo de un 10 y un máximo de un 70 por ciento.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Seguridad Social
- Artículo o apartado
- Artículo 262 - Objeto de la protección
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 1 de 3
- Última revisión
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