¿Qué rango tiene la Gerencia de Informática de la Seguridad Social según el artículo 74 bis de la LGSS?

  1. ARango de Dirección General.
  2. BRango de Secretaría General.
  3. Rango de Subdirección General.Respuesta correcta
  4. DRango de Subsecretaría.

Explicación

El artículo 74 bis.1 la configura como servicio común con personalidad jurídica propia, adscrito a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, «con rango de Subdirección General».

Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 74 bis.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título I - Normas generales del sistema de la Seguridad Social / Capítulo V - Gestión de la Seguridad Social». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 74 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 8 de 9 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Rango de Subdirección General.».

Materia
Seguridad Social
Artículo o apartado
Artículo 74 bis - Gerencia de Informática de la Seguridad Social
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 8 de 9
Última revisión

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