¿Qué penalidad diaria por demora fija con carácter general el artículo 193.3 de la Ley 9/2017?

  1. A1 euro por cada 1.000 euros del precio, IVA incluido.
  2. 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio, IVA excluido.Respuesta correcta
  3. C0,20 euros por cada 1.000 euros del precio, IVA excluido.
  4. D6 euros por cada 1.000 euros del precio, IVA excluido.

Explicación

El artículo 193.3 permite imponer penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido.

Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 193.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO SEGUNDO - De los contratos de las Administraciones Públicas / TÍTULO I - Disposiciones generales / CAPÍTULO I - De las actuaciones relativas a la contratación de las Administraciones Públicas / Sección 3.ª De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos / Subsección 3.ª Ejecución de los contratos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 193 de Ley 9/2017. Es la pregunta 3 de 18 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «0,60 euros por cada 1.000 euros del precio, IVA excluido.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 193 - Demora en la ejecución
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 3 de 18
Última revisión

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