¿Qué órgano puede resolver la redistribución de los créditos plurianuales no financiados con fondos europeos, siempre que se respete el montante global de límites, según el artículo 40.12?

  1. La Dirección General de Presupuestos, a propuesta de la Consejería, agencia o consorcio.Respuesta correcta
  2. BLa Intervención General, que después da traslado del acuerdo al centro directivo presupuestario.
  3. CEl Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería de Hacienda.
  4. DLa persona titular de la Consejería afectada, dando cuenta después a Hacienda.

Explicación

El artículo 40.12 permite a «la Dirección General de Presupuestos, a propuesta de la Consejería, de la agencia administrativa, de régimen especial y pública empresarial referida en el artículo 2.c), o consorcio correspondiente», resolver la redistribución si se respeta el montante global por ejercicio, sección, servicio y capítulo. Con fondos europeos resuelve la Dirección General de Fondos Europeos, y de los acuerdos se da traslado a la Intervención General.

Referencia: Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, art. 40.12.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Título II - Del Presupuesto / Capítulo II - Los créditos y sus modificaciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 40 de Decreto Legislativo 1/2010. Es la pregunta 28 de 89 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción A: «La Dirección General de Presupuestos, a propuesta de la Consejería, agencia o consorcio.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 40 - Gastos de carácter plurianual
Dificultad
Avanzada
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 28 de 89
Última revisión

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