Para las inversiones reales del artículo 40.2.a), ¿qué porcentaje máximo del crédito del ejercicio corriente puede comprometerse en el ejercicio inmediatamente siguiente según el artículo 40.4.a)?

  1. El 80 %.Respuesta correcta
  2. BEl 70 %.
  3. CEl 40 %.
  4. DEl 50 %.

Explicación

El artículo 40.4.a) fija para los gastos de los párrafos a) y c) del apartado 2 los porcentajes del 80 % en el ejercicio inmediatamente siguiente, 70 % en el segundo, 60 % en el tercero y 50 % en los posteriores. El 40 % es el límite del primer ejercicio siguiente para los gastos de los párrafos b), e), f) y g) (art. 40.4.b).

Referencia: Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, art. 40.4.a.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Título II - Del Presupuesto / Capítulo II - Los créditos y sus modificaciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 40 de Decreto Legislativo 1/2010. Es la pregunta 15 de 89 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción A: «El 80 %.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 40 - Gastos de carácter plurianual
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 15 de 89
Última revisión

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