¿Qué letra del artículo 15 del TREBEP reconoce el derecho a la negociación colectiva y a la participación en la determinación de las condiciones de trabajo?

  1. ALa letra a).
  2. La letra b).Respuesta correcta
  3. CLa letra c).
  4. DLa letra e).

Explicación

El artículo 15.b) recoge el derecho «a la negociación colectiva y a la participación en la determinación de las condiciones de trabajo»; la a) es la libertad sindical, la c) la huelga y la e) la reunión.

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 15.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título III - Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos / Capítulo I - Derechos de los empleados públicos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 15 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 11 de 12 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción B: «La letra b).».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 15 - Derechos individuales ejercidos colectivamente
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 11 de 12
Última revisión

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