El ejercicio de la huelga, como derecho individual ejercido colectivamente, se reconoce en el artículo 15.c) del TREBEP con la garantía de:

  1. ALa autorización previa del órgano competente en materia de personal.
  2. BEl preaviso de un mes a la Administración afectada.
  3. CLa continuidad del cien por cien de los servicios públicos.
  4. El mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 15.c) reconoce el derecho «al ejercicio de la huelga, con la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad».

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 15.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título III - Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos / Capítulo I - Derechos de los empleados públicos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 15 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 9 de 12 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «El mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 15 - Derechos individuales ejercidos colectivamente
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 9 de 12
Última revisión

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