¿Qué flexibilidad horaria existe en la jornada estival según el apartado 4.2?

  1. ADe 7:00 a 8:00 y de 14:30 a 16:00 horas cada día.
  2. BDe 7:30 a 9:00 y de 14:00 a 15:30 horas cada día.
  3. De 7:30 a 8:00 y de 14:30 a 15:30 horas.Respuesta correcta
  4. DDe 7:30 a 8:30 y de 14:00 a 15:00 horas cada día.

Explicación

El apartado 4.2 prevé «flexibilidad horaria comprendida entre las 7:30 y las 8:00 y entre las 14:30 y las 15:30 horas».

Referencia: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 4.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Apartado 4 - Reducciones de jornada». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 4.2. Es la pregunta 6 de 12 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «De 7:30 a 8:00 y de 14:30 a 15:30 horas.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Apartado 4.2 - Jornada de trabajo reducida en período estival
Normativa
Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 6 de 12
Última revisión

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