¿Qué debe acordarse con carácter previo a la decisión de construir y explotar obras en concesión según el artículo 247.1 de la Ley 9/2017?
- ALa redacción del proyecto de construcción definitivo.
- BLa declaración de urgente ocupación de los terrenos.
- La realización de un estudio de viabilidad de las obras.Respuesta correcta
- DLa autorización del Consejo de Ministros o del Gobierno autonómico.
Explicación
El artículo 247.1 dispone que, con carácter previo a la decisión de construir y explotar en régimen de concesión unas obras, el órgano competente acordará la realización de un estudio de viabilidad.
Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 247.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO SEGUNDO - De los contratos de las Administraciones Públicas / TÍTULO II - De los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas / CAPÍTULO II - Del contrato de concesión de obras / Sección 1.ª Actuaciones preparatorias del contrato de concesión de obras». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 247 de Ley 9/2017. Es la pregunta 1 de 5 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «La realización de un estudio de viabilidad de las obras.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Contratos
- Artículo o apartado
- Artículo 247 - Estudio de viabilidad
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 1 de 5
- Última revisión
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