¿Qué debe acompañar a la propuesta de desafectación de un inmueble, según el artículo 18.3?
- AUna tasación del inmueble realizada por técnico competente de la Consejería.
- Un informe sobre su situación física, jurídica y de deudas vinculadas a su uso o posesión.Respuesta correcta
- CUn certificado de inscripción en el Registro de la Propiedad y en el Catastro.
- DUn plan de usos alternativos del inmueble aprobado por la Consejería.
Explicación
El párrafo segundo del artículo 18.3 exige que la Consejería o agencia que proponga la desafectación de inmuebles acompañe «un informe sobre la situación física, jurídica y de deudas vinculadas al uso o posesión del inmueble».
Referencia: Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, art. 18.3.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía», dentro del tema «Título I - De los bienes y derechos de la comunidad autónoma / Capítulo III - Afectación y desafectación». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 18 de Ley 7/2025. Es la pregunta 18 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción B: «Un informe sobre su situación física, jurídica y de deudas vinculadas a su uso o posesión.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Artículo o apartado
- Artículo 18 - Desafectación de los bienes y derechos
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 18 de 20
- Última revisión
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