Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

¿Qué creación deben fomentar los poderes públicos andaluces con arreglo al artículo 55.3 de la Ley 12/2007?

  1. AUnidades de igualdad de género en todas las Diputaciones Provinciales, con estructura propia y suficiente para sus funciones.
  2. BConsejos provinciales de las mujeres presididos por la persona titular de la Delegación del Gobierno de la Junta.
  3. CRegistros municipales de asociaciones de mujeres coordinados por el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres.
  4. Órganos locales de participación en relación con la igualdad de oportunidades y su coordinación con otros de ámbito territorial similar.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 55.3 dispone que los poderes públicos «fomentarán la creación de órganos locales de participación en relación con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y su coordinación con otros órganos de ámbito territorial similares». Las unidades de igualdad de género se crean en las Consejerías (artículo 60) y los demás órganos no aparecen en la ley.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 55.3.

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