¿Pueden integrarse en un único documento los informes regulados en el artículo 8 del Decreto 622/2019?
- Sí, el artículo 8.4 permite integrarlos en un único documento.Respuesta correcta
- BNo, deben emitirse en documentos separados por órganos distintos.
- CSolo cuando los emita el mismo órgano directivo de la Consejería.
- DSolo en los procedimientos declarados de tramitación urgente.
Explicación
El artículo 8.4 dispone que «podrán integrarse en un único documento los informes recogidos en este artículo». El precepto no exige documentos separados ni limita la integración a que los emita un mismo órgano o a la tramitación urgente.
Referencia: Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, art. 8.4.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Administración Electrónica», dentro del tema «Capítulo II - Simplificación administrativa». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 8 de Decreto 622/2019. Es la pregunta 28 de 67 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Sí, el artículo 8.4 permite integrarlos en un único documento.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Administración Electrónica
- Artículo o apartado
- Artículo 8 - Informe en materia de simplificación, organización y de valoración de la MAIN
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 28 de 67
- Última revisión
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