Según el artículo 8.3 del Decreto 622/2019, ¿cómo y por quién se solicitan los informes de los apartados 1 y 2 de ese artículo?
- ASucesivamente, primero el de simplificación y luego el de calidad normativa, por el órgano directivo proponente.
- BSimultáneamente, por la persona titular de la Viceconsejería de la Consejería que promueve la norma.
- CSucesivamente, a través de la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras.
- Simultáneamente, por la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería que promueve la norma.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 8.3 establece que ambos informes «serán solicitados simultáneamente por la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería que promueve la norma», remitiendo la memoria junto con el proyecto. No se piden de forma sucesiva, ni los solicita la Viceconsejería, el órgano directivo proponente o la Comisión General de Viceconsejeros.
Referencia: Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, art. 8.3.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Administración Electrónica», dentro del tema «Capítulo II - Simplificación administrativa». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 8 de Decreto 622/2019. Es la pregunta 25 de 67 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción D: «Simultáneamente, por la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería que promueve la norma.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Administración Electrónica
- Artículo o apartado
- Artículo 8 - Informe en materia de simplificación, organización y de valoración de la MAIN
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 25 de 67
- Última revisión
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