Ley de Régimen Jurídico del Sector PúblicoDificultad: BásicaTemario
Los fondos sin personalidad jurídica del sector público estatal deben denominarse, según el artículo 137.3:
- La indicación «fondo carente de personalidad jurídica» o «F.C.P.J».Respuesta correcta
- BLa indicación «fondo sin personalidad» o su abreviatura «F.S.P.».
- CLa indicación «Medio Propio» o su abreviatura «M.P.».
- DLa indicación «fondo público estatal» o su abreviatura «F.P.E.».
Explicación
El artículo 137.3 obliga a que la denominación de estos fondos incluya la indicación «fondo carente de personalidad jurídica» o su abreviatura «F.C.P.J». La indicación «Medio Propio» o «M.P.» corresponde a los medios propios y servicios técnicos (art. 86.3).
Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, artículo 137.3.
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