Las Comunidades Autónomas podrán ampliar sucesivamente sus competencias dentro del marco del artículo 149:

  1. ATranscurridos tres años y mediante ley orgánica de transferencia.
  2. BTranscurridos cinco años y mediante ley de su Asamblea Legislativa.
  3. CTranscurridos dos años, mediante convenio con el Estado.
  4. Transcurridos cinco años y mediante la reforma de sus Estatutos.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 148.2 dispone que, transcurridos cinco años, y mediante la reforma de sus Estatutos, las Comunidades Autónomas podrán ampliar sucesivamente sus competencias dentro del marco establecido en el artículo 149.

Referencia: Constitución Española de 1978, artículo 148.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Constitución», dentro del tema «Título VIII - De la Organización Territorial del Estado». Forma parte de los tests de las oposiciones Personal de Limpieza, Junta de Andalucía y Administración General del Estado. Se basa en el artículo 148 de Constitución Española. Es la pregunta 48 de 80 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Transcurridos cinco años y mediante la reforma de sus Estatutos.».

Artículo o apartado
Artículo 148 - Ampliación de competencias
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 48 de 80
Última revisión

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