La prolongación de la permanencia en el servicio activo tiene como límite máximo el cumplimiento de la edad de:
- Setenta años.Respuesta correcta
- BSesenta y siete años.
- CSesenta y cinco años.
- DSetenta y dos años.
Explicación
El artículo 105.1 fija el límite máximo en los setenta años, concediéndose por períodos de un año renovables.
Referencia: Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, art. 105.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título V - Adquisición y pérdida de la relación de servicio / Capítulo I - Adquisición y pérdida de la condición de personal funcionario de carrera». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 105 de Decreto 51/2025. Es la pregunta 6 de 7 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción A: «Setenta años.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Artículo 105 - Prolongación de la permanencia en la situación de servicio activo
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 6 de 7
- Última revisión
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