La pertenencia a los órganos de selección, según el artículo 60.3 del TREBEP, será:
- AEn representación de las organizaciones sindicales más representativas.
- BEn representación de la Junta de Personal del ámbito afectado.
- CA título individual, salvo los vocales designados por los sindicatos.
- Siempre a título individual, sin que pueda ostentarse en representación de nadie.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 60.3 dispone que «la pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie».
Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 60.3.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título IV - Adquisición y pérdida de la relación de servicio / Capítulo I - Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 60 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 36 de 48 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Siempre a título individual, sin que pueda ostentarse en representación de nadie.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Artículo 60 - Órganos de selección
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 36 de 48
- Última revisión
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