La excedencia voluntaria por agrupación familiar del artículo 150.1 de la Ley 5/2023 se concede:

  1. Sin requisito de servicios previos y con permanencia mínima de un año.Respuesta correcta
  2. BCon dos años de servicios previos y sin permanencia mínima exigida.
  3. CSin servicios previos y con permanencia mínima de dos años.
  4. DCon un año de servicios previos y permanencia mínima de seis meses.

Explicación

El artículo 150.1 la permite «sin el requisito de haber prestado servicios efectivos [...] y debiendo permanecer en la misma durante un período mínimo de un año».

Referencia: Ley 5/2023 de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, art. 150.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título XI - Situaciones administrativas / Capítulo I - Personal funcionario de carrera». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 150 de Ley 5/2023. Es la pregunta 26 de 74 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción A: «Sin requisito de servicios previos y con permanencia mínima de un año.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 150 - Excedencia voluntaria por agrupación familiar
Dificultad
Avanzada
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 26 de 74
Última revisión

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