La duración del estado de excepción no podrá exceder, según la Constitución Española, de:

  1. AQuince días, prorrogables por otro plazo igual.
  2. BSesenta días, sin posibilidad de prórroga.
  3. CTreinta días, sin posibilidad de prórroga.
  4. Treinta días, prorrogables por otro plazo igual.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 116.3 dispone que la duración del estado de excepción no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos.

Referencia: Constitución Española de 1978, artículo 116.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Constitución», dentro del tema «Título V - De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales». Forma parte de los tests de las oposiciones Personal de Limpieza, Junta de Andalucía y Administración General del Estado. Se basa en el artículo 116 de Constitución Española. Es la pregunta 37 de 40 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Treinta días, prorrogables por otro plazo igual.».

Artículo o apartado
Artículo 116 - Estado de excepción: duración
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 37 de 40
Última revisión

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