Según el artículo 110.1 de la Constitución Española, las Cámaras y sus Comisiones pueden:

  1. ACesar a los miembros del Gobierno por mayoría absoluta.
  2. BNombrar a los Secretarios de Estado de cada Departamento.
  3. Reclamar la presencia de los miembros del Gobierno.Respuesta correcta
  4. DDirigir instrucciones vinculantes a los Ministros.

Explicación

El artículo 110.1 dispone que las Cámaras y sus Comisiones pueden reclamar la presencia de los miembros del Gobierno.

Referencia: Constitución Española de 1978, artículo 110.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Constitución», dentro del tema «Título V - De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales». Forma parte de los tests de las oposiciones Personal de Limpieza, Junta de Andalucía y Administración General del Estado. Se basa en el artículo 110 de Constitución Española. Es la pregunta 5 de 40 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Reclamar la presencia de los miembros del Gobierno.».

Artículo o apartado
Artículo 110 - Presencia de los miembros del Gobierno
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 5 de 40
Última revisión

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